PREÁMBULO
LOS
PROFESIONALES
CUBANOS
PERTENECIENTES
A LA SOCIEDAD
CUBANA DE
CIENCIAS
DE LA INFORMACIÓN
CONSCIENTES
de su lugar
y papel
en una sociedad
basada en
el uso intensivo
de la información
y de los
desafíos
que la misma
plantea.
SEGUROS
de la importancia
que para
el desarrollo
nacional
tiene la
conservación,
producción,
distribución
y uso de
bienes y
servicios
de información.
CONVENCIDOS
de que los
principios
éticos
refrendados
en este
Código
si bien
no tienen
carácter
impositivo
constituyen
un modelo
de conducta
a seguir.
CONSCIENTES
de que la
accesibilidad
a los recursos
de información
sólo
es posible
en adecuado
equilibrio
entre las
necesidades
expresadas
por su comunidad
de usuarios
y el respeto
y salvaguarda
de las leyes
vigentes
y sin menoscabo
de los derechos
de terceros.
CONSCIENTES
de sus responsabilidades,
derechos
y deberes
para con
la sociedad,
sus colegas
de profesión
y para consigo
mismos.
HAN
DECIDIDO:
Adoptar
el presente
Código
de Ética,
expresión
de su autoreconocimiento
como profesional
y aceptación
voluntaria
de los deberes
y derechos
que ello
implica.
ÁMBITO
DE APLICACIÓN
El Código
de ética
abarca a
todos los
profesionales
pertenecientes
a la Sociedad
Cubana de
Ciencias
de la Información
(SOCICT).
I-
DE LA MISIÓN
SOCIAL
1.1-
Los profesionales
pertenecientes
a la SOCICT
son un intermediarios
responsables
entre los
recursos
(fuentes,
servicios
y sistemas)
y los usuarios
de los mismos.
1.2-
Los miembros
de la SOCICT
están
obligados
a brindar
un servicio
imparcial
y objetivo,
ajustado
a la información
que manejan,
sin desvirtuar
los resultados
que pudieran
inducir
a decisiones
erróneas
a sus usuarios.
1.3-
Los miembros
de la SOCICT
deben evitar
tomar parte
en cualquier
conflicto
de intereses
que pueda
surgir entre
terceros
como resultado
de la prestación
de sus servicios.
1.4-
Los miembros
de la SOCICT
deben ser
respetuosos
de la ley
y las normas
adoptadas
por el colectivo
en el cual
desempeñan
sus funciones.
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