Historia de la Sociedad.
 
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CÓDIGO DE ETICA

PREÁMBULO

LOS PROFESIONALES CUBANOS PERTENECIENTES A LA SOCIEDAD CUBANA DE CIENCIAS DE LA INFORMACIÓN

CONSCIENTES de su lugar y papel en una sociedad basada en el uso intensivo de la información y de los desafíos que la misma plantea.

SEGUROS de la importancia que para el desarrollo nacional tiene la conservación, producción, distribución y uso de bienes y servicios de información.

CONVENCIDOS de que los principios éticos refrendados en este Código si bien no tienen carácter impositivo constituyen un modelo de conducta a seguir.

CONSCIENTES de que la accesibilidad a los recursos de información sólo es posible en adecuado equilibrio entre las necesidades expresadas por su comunidad de usuarios y el respeto y salvaguarda de las leyes vigentes y sin menoscabo de los derechos de terceros.

CONSCIENTES de sus responsabilidades, derechos y deberes para con la sociedad, sus colegas de profesión y para consigo mismos.


HAN DECIDIDO:


Adoptar el presente Código de Ética, expresión de su autoreconocimiento como profesional y aceptación voluntaria de los deberes y derechos que ello implica.

ÁMBITO DE APLICACIÓN


El Código de ética abarca a todos los profesionales pertenecientes a la Sociedad Cubana de Ciencias de la Información (SOCICT).


I- DE LA MISIÓN SOCIAL

1.1- Los profesionales pertenecientes a la SOCICT son un intermediarios responsables entre los recursos (fuentes, servicios y sistemas) y los usuarios de los mismos.

1.2- Los miembros de la SOCICT están obligados a brindar un servicio imparcial y objetivo, ajustado a la información que manejan, sin desvirtuar los resultados que pudieran inducir a decisiones erróneas a sus usuarios.

1.3- Los miembros de la SOCICT deben evitar tomar parte en cualquier conflicto de intereses que pueda surgir entre terceros como resultado de la prestación de sus servicios.

1.4- Los miembros de la SOCICT deben ser respetuosos de la ley y las normas adoptadas por el colectivo en el cual desempeñan sus funciones.

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